En este capítulo se analizan todos aquellos pasos previos a la apertura del negocio, desde la elección de la forma jurídica con la que se va a operar, hasta la adecuación del local destinado a la actividad.
2.1. Forma jurídica #
Una de las primeras decisiones a adoptar por el franquiciado es la elección de la forma jurídica con la que gestionará su negocio y que, indudablemente, deberá ser la más adecuada teniendo en cuenta las circunstancias personales y la actividad que se proyecta desarrollar.
Desde este planteamiento se decidirá si el titular de la empresa, va a ser una persona física o una persona jurídica, y si dentro de estas, se opta por una u otra forma de las contempladas en nuestro ordenamiento jurídico, siendo las más comunes las siguientes:
1. Empresario Individual
2. Comunidad de Bienes
3. Sociedad Mercantil:
- Sociedad Anónima
- Sociedad de Responsabilidad Limitada
- Sociedad Colectiva
- Sociedad Comanditaria
- Sociedad Cooperativa
A estas formas tradicionales se ha unido La Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) como una especialidad de la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL).
2.1.1. Elección de la Forma Jurídica #
Es difícil establecer unos criterios generales que permitan determinar la forma jurídica más adecuada, no obstante, sí se pueden citar algunos aspectos a tener en cuenta en el momento de efectuar la elección:
- Tipo de actividad a ejercer: puede condicionar la elección de la forma jurídica cuando la normativa aplicable establezca una forma concreta.
- Número de promotores que intervengan en el lanzamiento de una nueva empresa. Así, cuando sean varios los promotores lo aconsejable será constituir una Comunidad de Bienes o una Sociedad (sin olvidar que las Sociedades Anónimas y la de Responsabilidad Limitada pueden ser unipersonales).
- Responsabilidad de los promotores: en función de las responsabilidades que el promotor o promotores estén dispuestos a asumir en el desarrollo del proyecto empresarial, se optará por una u otra forma jurídica.
La responsabilidad puede estar limitada al capital aportado (sociedades anónimas, de responsabilidad limitada) o ser ilimitada, afectando tanto al patrimonio mercantil como al civil (empresario individual, sociedad colectiva).
- Necesidades económicas del proyecto: en principio, las sociedades civiles son más baratas en su constitución ya que no es necesaria su inscripción en el Registro Mercantil y, por lo tanto, no tienen que pasar por el Notario. Además, no se exige capital inicial mínimo.
Sin embargo, la Sociedad Limitada, la Anónima, las Sociedades Laborales y las Cooperativas de Trabajo exigen escritura notarial y un capital mínimo para empezar. Este desembolso inicial puede compensar si lo que se pretende es limitar la responsabilidad futura a ese capital, y por lo tanto proteger el patrimonio personal.
- Aspectos fiscales: habrá que estudiar detalladamente los costes fiscales que la empresa tendrá que soportar, teniendo en cuenta que las sociedades tributan a través del Impuesto sobre Sociedades, las Comunidades de Bienes en el IRPF de cada uno de sus comuneros integrantes, y que los empresarios individuales lo hacen también, a través del IRPF, en el que el tipo impositivo va elevándose según van incrementándose los beneficios.
En esta tabla se detalla una comparativa:
SOC. ANÓNIMA | SOC. LIMITADA | COMUNIDAD BIENES | EMP. INDIVIDUAL | |
PERSONALIDAD JURIDICA | Propia | Propia | De cada uno de los comuneros | La del titular |
APORTACIONES SOCIALES | Capital mínimo de 60.101,21 € | Capital mínimo de 3.005,06 € | Capital y/o trabajo | Capital y/o trabajo por el titular |
DESEMBOLSO FUNDACIONAL | Mínimo 25% del capital | Total de capital aportado | Sin Límite | Sin Límite |
NUMERO DE SOCIOS | 1 ó más | 1 ó más | Mínimo de 2 | El empresario Individual |
SISTEMA TOMA DE ACUERDOS | Por Mayoría | Por Mayoría | Unanimidad | Por el titular |
RESPONSABILIDAD FRENTE A TERCEROS | Limitada a patrimonio social | Limitada a las aportaciones sociales | Ilimitada: Mancomunada y subsidiaria de los comuneros | Ilimitada: Personal del titular |
SEGURIDAD SOCIAL | Régimen general o especial | Régimen general o especial | Régimen especial de autónomos | Régimen especial de autónomos |
FISCALIDAD | Imp. Sociedades | Imp. Sociedades | IRPF | IRPF |
Las ventajas e inconvenientes que pueden presentar las distintas formas jurídicas son:
FORMA JURÍDICA | VENTAJAS | INCONVENIENTES | ||
Empresario Individual | Simplicidad en la tramitación. | Responsabilidad ilimitada personal. | ||
Comunidad de Bienes | Simplicidad y rapidez en su constitución. Reparto de las cargas fiscales entre sus comuneros | Inseguridad jurídica al no existir una Ley específica que las regule. Responsabilidad ilimitada de cada uno de los comuneros. | ||
Sociedad Limitada | Responsabilidad limitada de los socios. Órganos de gestión simples. Idónea para sociedades pequeñas con escaso número de socios, y menor inversión. | Desembolso total de capital. Límites a transmisibilidad de participaciones y complejos formalismos. Pocas posibilidades de captación de capital ajeno. | ||
Sociedad Anónima | Responsabilidad limitada. Variadas posibilidades de financiación y obtención de capital. Idónea para grandes sociedades con muchos accionistas, donde los pequeños accionistas varían asiduamente y para sociedades de tamaño medio que sin cotizar en […] | Alto capital social. Compleja organización y administración de sociedad. Altos costes de constitución. No recomendada para sociedades familiares por las dificultades de gestión y poca adaptabilidad a cambios. | ||
La elección de la forma jurídica para operar la franquicia depende de cada franquiciado y hay, como hemos visto, varios factores que pueden condicionar la utilización de una u otra forma jurídica.
La Central de Franquicia STUDIO 11 recomienda que el franquiciado gestione la franquicia a través de una sociedad limitada.
2.1.2. Adquisición del local #
Se determina que el local idóneo debería tener una superficie de unos 200 m2 aproximadamente, para dar cabida a todas las dependencias y espacios necesarios, incluyendo zonas de vestuarios y aseos y un mínimo de 2 salas de baile. La superficie mínima recomendada son 150 m2.
Por el modelo de negocio y la demanda potencial, se determina que en el Sistema STUDIO 11, la ubicación ideal vendría dada por establecimientos en zonas residenciales con alta densidad de población y con posibilidad de aparcamiento cercano, que hoy en día podrían considerarse como una de las ubicaciones estándar para cualquier negocio.
Arrendamiento de locales #
El contrato de alquiler de un local comercial se encuentra sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos y en su formalización, el propietario estipulará las cláusulas que van a regir durante la vigencia del contrato.
Los contratos de arrendamiento de locales de negocio llevarán consigo el depósito, por parte del arrendatario, de una fianza equivalente a dos mensualidades de renta.
En ocasiones se pide, además del alquiler, una cantidad de dinero a modo de “traspaso”. Este traspaso (concepto actualmente desaparecido con esa nomenclatura en la nueva regulación) se abona por diversos conceptos al empresario que abandona la actividad.
Esto será habitual cuando se inicia la actividad continuando la que venía ejercitando otro empresario en el mismo local, o se ocupa un local alquilado a otra persona.
Finalmente, hay que tener en cuenta a efectos legales, que los contratos celebrados a partir del 9 de mayo de 1985 se rigen por la actual Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos.
Cuando el franquiciado alquile un local para el desarrollo de la actividad es importante negociar que la duración del contrato de arrendamiento sea, al menos, la misma que la del contrato de franquicia.
En el caso de que el centro se encuentre ubicado en, por ejemplo, un club deportivo, se puede intercambiar el pago del alquiler por un porcentaje de la facturación de la unidad de negocio.
Compra de locales #
Cuando para el ejercicio de la actividad se decida adquirir la propiedad del local, se deberá poner especial atención en comprobar que la calificación urbanística de los mismos va a permitir desarrollar la actividad proyectada, de forma que no exista ningún problema para la posterior obtención de las correspondientes licencias municipales.
Por ello, es conveniente dirigirse a los servicios técnicos del Ayuntamiento y efectuar la consulta o solicitar en su caso la Cédula Urbanística, en la que se reflejará el régimen urbanístico de la finca objeto de la misma.
Por otra parte, se puede comprobar la titularidad del local o la existencia de cargas – hipoteca o anotaciones de embargo- que lo graven, solicitando una certificación de dominio y cargas, mediante instancia dirigida al Registrador de la Propiedad Inmobiliaria.
El acto de compra de locales o terrenos se formalizará mediante el correspondiente contrato de compraventa, que será elevado a escritura pública e inscrito posteriormente en el Registro de la Propiedad, debiendo abonarse el Impuesto sobre el Valor Añadido, cuando se trate de la primera transmisión, o el de Transmisiones Patrimoniales si se trata de la segunda o posterior. Una vez adquirido el local, se deberá presentar la declaración de alta en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
2.1.3. Trámites Administrativos #
Una vez el franquiciado dispone del local adecuado o mientras lo adquiere de forma definitiva, hay que hacer frente a una serie de trámites.
A continuación se recogen los trámites clasificados de acuerdo con el momento en que deberán realizarse. Esta clasificación tiene carácter orientativo, ya que algunos de ellos pueden realizarse simultáneamente. Asimismo, se incluye una breve referencia de cada uno de los trámites señalados, con indicación, en cada caso, de los organismos ante los que se efectúa la tramitación:
- Declaración Previa al inicio de operaciones
Organismo: Agencia Estatal de la Administración Tributaria
La presentación de esta declaración que se efectuará en la Administración de Hacienda correspondiente al domicilio fiscal del empresario, es necesaria para poder deducir las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido soportadas durante la constitución de la sociedad y con anterioridad al inicio de la actividad.
- Licencia de Obras (obras mayores y obras menores)
Organismo: Ayuntamiento correspondiente.
Para la puesta en marcha de la franquicia normalmente será preciso llevar a cabo obras en el local en el que va a ejercer la actividad.
Para ello, será preciso solicitar del Ayuntamiento correspondiente (el del lugar donde se encuentre el local) la Licencia de Obras para que este reconozca la adecuación de las obras con la normativa urbanística vigente.
Los Ayuntamientos de cada provincia regulan esta materia de acuerdo con diversos procedimientos, pero siempre sujetos a la Ley del Suelo y los reglamentos urbanísticos que lo desarrollan. Unos remiten a normativas particulares y otros se basan en la regulación de ámbito estatal que existe sobre la materia.
Conviene hacer una distinción entre obras Mayores, que son las que suponen una modificación o alteración de la estructura del local, y obras Menores, cuando no supongan tal alteración.
- Licencia de Actividad (clasificada y no clasificada) e Instalaciones
Organismo: Ayuntamiento correspondiente.
La licencia de actividad se solicitará por los titulares de la actividad económica, ante el Ayuntamiento correspondiente, previamente al ejercicio o puesta en marcha de las mismas.
Esta licencia tiene por objeto la puesta en uso del local, previa constatación por parte de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de que han sido efectuados de conformidad y que se encuentran debidamente terminados y aptos, según las condiciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su destino específico.
- Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.)
Organismo: Ayuntamiento o Agencia Estatal de la Administración Tributaria
El Impuesto de Actividades Económicas es un Impuesto anual que grava el mero ejercicio en territorio nacional de actividades empresariales, profesionales o artísticas.
Los coeficientes e índices que aplicar son diferentes en cada municipio y pueden variar anualmente, por lo cual hay que acudir a informarse a cada entidad local.
La ley 51/2002 de 27 de diciembre, eximió del IAE a personas físicas y jurídicas que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1 millón de euros.
- Declaración Censal de inicio de Actividad
Organismo: Agencia Estatal de la Administración Tributaria
Esta declaración debe presentarse con anterioridad al inicio de la actividad en la Administración de Hacienda correspondiente al domicilio fiscal del franquiciado. El objetivo es crear un censo de contribuyentes, en el cual aparecen «controlados» todos los sujetos pasivos con obligaciones formales que cumplir, indicando cuáles eran las citadas obligaciones.
- Afiliación a la Seguridad Social (alta en los regímenes correspondientes)
Organismo: Tesorería General de la Seguridad Social
Mediante la afiliación, la Tesorería reconoce la condición de incluida en el Sistema de la Seguridad Social a la persona que, por primera vez, realiza una actividad determinante de su inclusión. La afiliación es obligatoria, única y general, vitalicia y exclusiva.
Para mayor concreción, acudir al apartado 2.1.4. de este Manual.
👀 02. Manual de Procedimiento – 2.1.4. Obligaciones Laborales
- Inscripción de la Empresa en la Seguridad Social
Organismo: Tesorería General de la Seguridad Social
La inscripción de la empresa en la Seguridad Social, la debe realizar toda persona física o jurídica por cuya cuenta trabajen personas incluidas en el Régimen General, previamente al inicio de la prestación de sus servicios, ante Tesorería Territorial de la Seguridad Social o en cualesquiera de sus Administraciones.
En el momento de realizar la inscripción, el empresario deberá hacer constar la entidad que haya de asumir la cobertura de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, pudiendo optar el empresario por la Seguridad Social o una Mutua Patronal.
- Formalización de los Contratos de Trabajo
Organismo: Oficinas del INEM
Una vez seleccionadas las personas que van a ocupar los diferentes puestos de la empresa y después de darlas de alta en la Seguridad Social, será necesario formalizar los correspondientes contratos de trabajo, que cuando se realicen por escrito deberán registrarse en la Oficina de Empleo.
- Comunicación de apertura del Centro de Trabajo
Organismo: Oficina Territorial de Trabajo
Corresponde al empresario la obligación de efectuar la comunicación a la autoridad laboral correspondiente de la Comunidad autónoma, de la apertura de un centro de trabajo, dentro de los treinta días siguientes a la apertura del centro.
- Libros de Visita
Organismo: Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social
De acuerdo con la legislación laboral, además de comunicar la apertura del centro de trabajo, los empresarios deberán adquirir y sellar en la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales el libro de visita, que deberá tener la empresa a disposición de la autoridad laboral en cada centro de trabajo.
- Otros Trámites y Gestiones como arrendamiento de locales, compra de locales, nombre comercial y rótulo del establecimiento.
Organismo: Comunidad Autónoma correspondiente a través de sus diferentes Consejerías
2.1.4. Obligaciones Laborales #
Las obligaciones laborales surgen como consecuencia de la relación laboral que se establece entre la empresa y los trabajadores que prestan sus servicios en la misma, y de la existencia de una normativa específica en materia laboral:
- Estatuto de los Trabajadores
- Convenios colectivos
- Reglamentaciones de régimen interno
- Normas sobre Seguridad Social
El franquiciado, como empresario independiente, asume la responsabilidad plena de cuantas obligaciones se deriven de las relaciones laborales de su actividad, en cuanto al cumplimiento de la normativa laboral y Seguridad Social. En caso de contar con asesoramiento externo, el franquiciado será el responsable de seguir las pautas que le marque su asesoría laboral en este sentido.
Dada la complejidad del tema, se recomienda el asesoramiento de profesionales en dicha materia. De todas formas es conveniente que, aunque el empresario externalice esta labor, conozca los aspectos de carácter laboral que van a afectar a la vida de la empresa. Por ello, explicamos a continuación conceptos laborales básicos y obligaciones concretas del empresario en esta materia:
La Seguridad Social se concibe como un sistema de aseguramiento a través del cual el Estado garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, la protección adecuada en las contingencias y situaciones que la ley define. Se organiza como un sistema integrado de regímenes diversos: régimen General (previsto para trabajadores por cuenta ajena) y regímenes especiales (entre ellos el de los Trabajadores Autónomos)
Como conceptos básicos cabe diferenciar a su vez las Contingencias o situaciones de riesgo susceptibles de protección (maternidad, enfermedad común o profesional, accidentes laborales o no, situaciones de incapacidad temporal, invalidez, jubilación, desempleo, muerte, etc.), de las Prestaciones establecidas para hacer frente a dichas situaciones (asistencia sanitaria, prestaciones económicas, prestaciones familiares por hijos a cargo, etc.).
A continuación, se analiza brevemente el régimen general y el régimen de trabajadores autónomos, y se concluye el apartado con un resumen de las principales obligaciones del empresario en materia de Seguridad Social.
2.1.4.1. Régimen especial de los trabajadores autónomos #
Se consideran trabajadores por cuenta propia o autónomos aquellos que realizan de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ello a contrato de trabajo y aunque utilicen el servicio remunerado de otras personas.
De acuerdo con esto, salvo prueba en contra, toda persona que cause alta en el Impuesto de Actividades Económicas para ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios, deberá inscribirse en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos.
Además de solicitar el alta en el Régimen Especial de Autónomos, los empresarios individuales que contraten trabajadores a su servicio deberán inscribirse como empresa en la Seguridad Social y dar de alta a dichos trabajadores en el Régimen General.
La afiliación se llevará a cabo en la Administración de la Seguridad Social correspondiente a la provincia donde se ejerza la actividad, dentro de los treinta días naturales siguientes al de nacimiento de la obligación.
2.1.4.2. Régimen General de la Seguridad Social #
Estarán obligatoriamente incluidos en el Régimen General los trabajadores por cuenta ajena, con independencia de la modalidad de contratación adoptada.
La solicitud de afiliación la efectuará el empresario en la Administración de la Seguridad Social correspondiente al domicilio fiscal, mediante la presentación del Impreso Oficial de solicitud de alta y fotocopia del DNI.
2.1.4.3. Obligaciones del Empresario en materia de Seguridad Social #
Con carácter general, las obligaciones inherentes al empresario en el sistema de la Seguridad Social son las siguientes:
1. Inscripción de la empresa en la Seguridad Social para empresarios individuales o empresas – personas jurídicas que vayan a contratar trabajadores-, previamente al inicio de la prestación de sus servicios, ante Tesorería Territorial de la Seguridad Social o en cualesquiera de sus Administraciones.
2. Afiliación (si se trabaja por primera vez) y/o Alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social: deberán afiliarse a la Seguridad Social todos aquellos trabajadores (por cuenta ajena o propia) que no lo hayan hecho con anterioridad. La afiliación, por tanto, es única y general para todos los Regímenes del Sistema y válida para toda la vida laboral del trabajador.
Las altas, en cambio, hacen referencia a los trabajadores (por cuenta ajena o propia) que, una vez afiliados al Sistema, inicien su actividad (sea al mismo tiempo de afiliarse al sistema -alta inicial- o porque tras un periodo de baja se reincorporan a la actividad o porque deben cambiar el régimen correspondiente –altas sucesivas–).
Las altas y afiliación se efectuarán en el régimen correspondiente (general o especial) según el encuadramiento del trabajador.
En relación a los trabajadores, el franquiciado o la asesoría que le respalde, deberán afiliar en su caso y dar de alta al trabajador antes de que se incorpore al trabajo.
- Afiliación: los empresarios están obligados a formular la solicitud de afiliación al sistema de Seguridad Social de los trabajadores que, no estando afiliados, ingresen a su servicio. La solicitud de afiliación se dirigirá a la Tesorería General de la Seguridad Social en la provincia en que esté domiciliada la empresa en que preste sus servicios el trabajador por cuenta ajena. La solicitud de afiliación deberá formularse con anterioridad a la iniciación de la prestación de servicios del trabajador.
- Altas: el empresario está obligado a comunicar la iniciación y el cese en los trabajadores a su cargo. Las solicitudes de alta deberán presentarse por los sujetos obligados con carácter previo al inicio de la actividad en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, o administraciones de la misma en la provincia en que este domiciliada la empresa o en la que preste sus servicios el trabajador.
- Bajas y variaciones de datos: las solicitudes de baja y variación de datos de los trabajadores deberán presentarse dentro del plazo de 6 días naturales siguientes al del cese en el trabajo o al que se produzca la variación en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o administración de la misma en que el trabajador fue dado de alta. Cuando el trabajador cause baja voluntaria deberá comunicarlo a la empresa por escrito con los días de antelación que establezca el convenio correspondiente. De igual modo, en casos de despido, el franquiciado deberá informar a su personal con los días de antelación del convenio.
3. Cotización en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social.
- Autónomos:
La obligación de cotizar en el Régimen Especial de Autónomos nace desde el día primero del mes natural en que se acredite la concurrencia en la persona del trabajador autónomo y se mantiene mientras el trabajador se encuentre desarrollando la actividad determinante de su inclusión en el régimen.
Se extingue al vencimiento del último mes natural en que tenga lugar el cese de la actividad, siempre y cuando se hubiera comunicado la baja correspondiente.
La cantidad que pagar resultará de la aplicación de un tipo de cotización determinado a la base de cotización.
El trabajador autónomo o por cuenta propia podrá dentro del ámbito de este régimen especial, elegir la base de cotización entre las bases máximas y mínimas que anualmente se establecen al efecto (Ley de Presupuestos Generales del Estado)
Las cuotas deberán liquidarse por periodos mensuales y su importe se ingresará dentro del mismo mes al que corresponde su devengo. Deberán ser ingresadas en cualquiera de las entidades financieras autorizadas al efecto en cada provincia en la que el trabajador autónomo tenga asignada su cuenta de cotización o, en su caso, en la de su domicilio.
- Régimen General:
Deben cotizar a la Seguridad Social todos los trabajadores que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Seguridad Social.
La cotización comprenderá, con carácter general, dos aportaciones, la del empresario y la de los trabajadores. No obstante, tratándose de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad profesional, la cotización recae exclusivamente en el empresario, que es el sujeto responsable del cumplimiento de la obligación de cotizar e ingresará las aportaciones propias y las de sus trabajadores en su totalidad.
Así, el empresario descontara a sus trabajadores, en el momento en que les haga efectivas sus retribuciones, la aportación que corresponde a cada uno de ellos.
La obligación de cotizar nace con el inicio de la prestación de trabajo, incluido el periodo de prueba y se mantendrá por todo el periodo en que el trabajador este dado de alta en el Régimen General o preste sus servicios aun siendo estos discontinuos, extinguiéndose con la solicitud de la baja en el Régimen General al organismo competente de la Administración de la Seguridad Social.
Las cotizaciones a la Seguridad Social se ingresarán por mensualidades vencidas y dentro del mes siguiente al que corresponda su devengo.
2.1.4.4. Prevención de Riesgos Laborales #
Es la actividad que tiene por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo para elevar el nivel de protección de la salud y seguridad de los trabajadores.
Las obligaciones del franquiciado, como empresario de su actividad, consisten en garantizar la salud y seguridad de los trabajadores, para lo cual habrá de:
- Evitar los riesgos. Eliminar aquellos que sean evitables.
- Evaluar los riesgos. La evaluación debe hacerse al inicio de la actividad o cuando se modifiquen los equipos, las condiciones de trabajo, nuevos trabajadores, etc. Dependiendo de la complejidad y de la organización de los recursos preventivos de la empresa, la evaluación la puede realizar desde el propio empresario, trabajadores, servicio de prevención propio o ajeno.
- Planificar y aplicar la actividad preventiva. Si de la evaluación anterior se pusieran de manifiesto situaciones de riesgo, el empresario planificará la actividad preventiva que proceda con objeto de eliminar, controlar o reducir dichos riesgos.
Dichas actividades preventivas conllevarán la realización de acciones tales como:
- Establecer procedimientos para que se considere y controle la salud y seguridad de los trabajadores.
- Instruir a todas las personas con responsabilidad jerárquica en la obligación de incluir la prevención en su actividad diaria.
- Determinar las medidas de seguimiento y control preventivo.
- Prever medidas de vigilancia de la salud para los trabajadores.
- Planificar acciones a tomar ante situaciones de emergencia.
- Diseñar la formación e información para los trabajadores.
- Facilitar y controlar el cumplimiento de las obligaciones de empresarios con los que contrate o subcontrate actividades a realizar en su local.
- Asegurarse que los productos y materias que facilite a otros empresarios que realicen operaciones contratadas, no constituyan fuente de peligro.
- Establecer procedimientos para elaborar y conservar la documentación resultante de las actividades y medidas preventivas.
- Asegurar protección suficiente a mujeres en situación de embarazo o parto reciente, menores de 18 años, trabajadores temporales o de ETT y trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos.
- Consultar a los trabajadores, al menos 15 días antes de poner en práctica medidas que puedan afectar al nivel de protección de la salud y seguridad.
- Establecer canales para recibir las propuestas y sugerencias de los trabajadores y sus representantes.
- Facilitar a los representantes de los trabajadores los medios y el tiempo establecido para el ejercicio de sus funciones.
Las Actividades preventivas se realizarán:
- Personalmente por el empresario. El empresario podrá desarrollar personalmente la actividad de prevención cuando se trate de empresas de menos de 6 trabajadores con actividades que no estén consideradas de riesgo, desarrolle su actividad profesional en el centro de trabajo y tenga la capacidad para las funciones preventivas que va a desarrollar.
- Designando a otros trabajadores con capacidad suficiente, en empresas de más de 6 trabajadores y menos de 500. No será obligatoria la designación de trabajadores cuando el empresario haya asumido personalmente la actividad preventiva, haya constituido un servicio de prevención propio, o haya recurrido a un servicio de prevención ajeno.
- Creando servicios de prevención propios. Sus miembros se dedicarán en exclusiva a esta función. Podrá establecerse en empresas de más de 500 trabajadores, o de entre 250 y 500 trabajadores que desarrollen alguna de las actividades consideradas de riesgo, o cuando así lo decida la autoridad laboral.
- Participación en un servicio de prevención mancomunado. En común para varias empresas, cuando desarrollen simultáneamente actividades en un mismo local o cuando así se establezca en la negociación colectiva o mediante acuerdos entre las organizaciones de trabajadores y empresarios o por decisión de las empresas afectadas (empresas del mismo sector, grupo empresarial o área geográfica).
- Contratación de un servicio de prevención ajeno. Cuando la designación de uno o varios trabajadores sea insuficiente para la actividad de prevención y no haya obligación de constituir servicio de prevención propio, o para empresas en las que, no estando obligadas a contar con servicio propio, dada la peligrosidad de la actividad o gravedad de la siniestralidad, así lo decida la autoridad laboral.
Teniendo en cuenta la estructura de personal necesaria en una unidad STUDIO 11, lo habitual será la realización de estas funciones por parte del empresario, siempre que tenga capacidad para ello.
Por último, hay que tener en cuenta que cuando se asumen por la empresa las acciones de prevención de riesgos laborales, deberán someter su sistema de prevención al control de una auditoría externa realizada por personas físicas o jurídicas que posean conocimientos y medios adecuados, y no mantengan con la empresa vinculaciones comerciales, financieras o de cualquier otro tipo.
2.1.5. Pólizas de Seguros #
- Objeto
Tal como establece el contrato de franquicia, el franquiciado deberá formalizar una póliza de seguro multirriesgo y de responsabilidad civil que cubra cualquier incidencia que pueda afectar al normal funcionamiento del negocio y especialmente, aquellas que implicaran la paralización de la actividad.
👀 Contrato de Franquicia
- Coberturas mínimas
La póliza multirriesgo deberá contar con las coberturas mínimas que garanticen la perfecta adecuación del local y la continuidad de la actividad. Las coberturas se determinarán en cada caso concreto.
- Metodología
La póliza, así como sus sucesivas renovaciones y cualquier modificación que el franquiciado pudiera introducir en las condiciones generales o en las coberturas definidas, deberán ser sometidas previamente a la aprobación del franquiciador.
Por lo tanto, anualmente el franquiciado deberá remitir al franquiciador una copia del recibo de pago de la póliza contratada, acompañada por carta firmada por el franquiciado en el que este confirme el mantenimiento de las coberturas inicialmente contratadas.
2.1.6. Adecuación del Local #
Los estudios son la imagen de la franquicia hacia el exterior y por ello, la apariencia de las mismas es absolutamente esencial para transmitir al cliente la filosofía STUDIO 11 y que pasa, fundamentalmente, por huir de los manidos clichés. Todos los centros STUDIO 11 son diseñados para que transmitan luminosidad, transparencia y calidad del concepto de negocio, así como también confianza.
Por este motivo, previamente a la apertura del centro STUDIO 11, el franquiciado deberá contar con un local apto y aprobado por la Central de Franquicias y adecuarlo a la imagen definida para la cadena de prestación de servicios de enseñanza y práctica de distintas modalidades de baile y actividades de fitness y salud, así como a servicios complementarios como campamentos de verano, workshops y eventos relacionados con el baile, y alquiler de salas y, en concreto, al proyecto presentado desde la Central de Franquicias para ese local específicamente.
En este sentido, a la hora de acondicionarlo, el franquiciado deberá pasar a la Central de Franquicia de STUDIO 11 el plano concreto de su local. STUDIO 11 aprobará el proyecto realizado por proveedor designado por el franquiciado, de obra para dicho centro, el cual ya podrá desarrollar el propio franquiciado con los proveedores que él elija. Pero el proyecto técnico deberá realizarlo el arquitecto técnico propuesto por STUDIO 11.
A la hora de elegir un local, el franquiciado deberá contemplar que su centro deberá albergar los siguientes espacios aproximados para un establecimiento de entre 200 m2:
- Recepción: 15 m2
- Vestuario y baños: 50 m2
- Salas: 50 m2 cada una
- Paso, limpieza y zonas comunes: 35 m2
El máximo de ocupación dependerá de las dimensiones de la sala. Teniendo siempre en cuenta que los alumnos puedan distribuirse adecuadamente.
En este apartado se analizan aspectos concernientes a la imagen exterior del local, su decoración y distribución, valiendo, en lo que a la realización de obras se refiere, lo establecido en al capítulo 2.1.3. de este manual relativo a la licencia de obras.
👀 02. Manual de Procedimiento – 2.1.3.- Trámites Administrativos, Licencia de Obras
2.1.6.1. Aspecto interior y exterior. Material y enseres. #
1. Nombre comercial y rótulo del centro
Se entiende por nombre comercial el signo o denominación que sirve para identificar a una persona física o jurídica en el ejercicio de su actividad empresarial y que distingue su actividad de las actividades idénticas o similares.
El nombre comercial STUDIO 11 está inscrito en el Registro de la Propiedad Industrial, y se cede su uso a todos los franquiciados que entren en la cadena.
Se entiende por rótulo de establecimiento el signo o denominación que sirve para dar a conocer al público un establecimiento y para distinguirlo de otros destinados a actividades idénticas o similares.
STUDIO 11 entregará a los nuevos franquiciados el material necesario para que coloquen un rótulo de establecimiento adecuado a la imagen de la cadena, respetando las indicaciones de ASOC. DE DANZA STUDIO 11. El coste de dicho rótulo será costeado por el franquiciado.
2. Decoración
El franquiciado será el responsable de asumir la adecuación y decoración de su centro STUDIO 11, siempre de la mano de la Central de Franquicia.
Los estudios STUDIO 11 presentan un estilo interior muy cuidado, minimalista pero cálido y muy funcional. Respira, además, limpieza, tan importante en un centro de dedicado a una actividad como el baile.
En caso de mejoras estéticas o funcionales que introduzca el franquiciador en el Sistema STUDIO 11, el franquiciado deberá, a solicitud del franquiciador, renovar los elementos que pudieran verse afectados (aunque no podrá obligarse a dichas renovaciones o mejoras si no hubiera transcurrido un periodo de al menos tres años desde la adquisición o realización de los elementos afectados).
La estética muy luminosa, huye en todo momento, de la estética oscura. Muy atractivo al cliente (hombre, mujer), muy cuidada y otorgando mucha importancia a que el cliente se sienta muy encantado de bailar y disfrutar.
Todos los estudios STUDIO 11 deberían contar con medidas de seguridad, como zona de videovigilancia en salas y recepción. Sin embargo, algo que siempre está preservado es la base de datos del local, ya que esta se encuentra en la nube.
2.1.6.2. Documentación obligatoria en el local #
La documentación que necesariamente deberá tener al día un centro es la siguiente:
1. Relativa al centro
- Licencia de obra
- Licencia de actividad
- Licencia de apertura y proyecto de sanidad
- Seguro de Responsabilidad Civil o Multirriesgo
- Contrato de arrendamiento
- Hojas de registro de limpieza
- Ley de protección de datos y de blanqueo de capitales
- Hoja de que existen hojas de reclamaciones en el tamaño oficial
2. Relativa al personal
- Copia de Contratos de trabajo
- Libro de visitas de la Inspección de Trabajo
- Calificación o Categoría de establecimiento
- Alta en autónomos, en su caso
- Comunicación fiscal
- Calendario laboral
- Comunicación Centro de Trabajo
- Copia de contratos mercantiles, en caso de que existan
- Último TC2
- Horario con los turnos de trabajo. Expuesto por meses, el mes en curso.
3. Relacionada con el cliente
- Hoja de reclamaciones / carteles informativos de que existen
- Horario de apertura y cierre de la escuela
- Información sobre las formas de cobro y tarifas
4. Relacionada con la seguridad
- Extintores necesarios con hojas de recarga y revisión
- Botiquín de primeros auxilios
- Prevención de riesgos laborales
2.1.7. Acciones comerciales el inicio de la actividad #
Al inicio de la actividad y para dar a conocer el nuevo centro STUDIO 11, será conveniente la realización de una serie de acciones comerciales. ASOC. DE DANZA STUDIO 11, como Central de Franquicias, recomendará al franquiciado en este aspecto.
Desde la Central se llevan las redes sociales y, además, se realiza un emailing con carácter mensual a todos los contactos de la base de datos de STUDIO 11.
La Central, por otra parte, cuenta con una agencia que realiza los diseños y asesora en materia de imagen y comunicación.
De forma general, se producirá un acto de inauguración del centro, en el que estarán presentes miembros de la Central de Franquicia. Ya que, una de las principales claves para abrir una unidad franquiciada con éxito es darla a conocer pronto dentro de la ciudad y zona concreta donde se encuentra.
Además del apoyo en la inauguración, el franquiciado contará con el apoyo del personal de la Central de franquicia, antes y después de la apertura del estudio.
2.2. Personal en el centro STUDIO 11 #
A continuación, se detalla la composición de los grupos de trabajo y las funciones de las que son responsables cada una de las personas que integran una unidad STUDIO 11.
Las pautas indicadas a continuación son las recomendadas para un centro tipo, siendo responsabilidad directa del franquiciado determinar, en cada caso, el número de personas precisas para que dichas tareas sean adecuadamente cubiertas.
Para la composición del personal, el franquiciado contará con el apoyo de la Central a través del Área de Relación con Franquiciados.
La Central de Franquicia comprobará, a través de las visitas de control periódico que se vayan realizando, el grado de cumplimiento de cada unidad STUDIO 11, con las exigencias del Sistema.
👀 03. Manual Relacional – Cap. 3.7.2.- Visitas de Control Periódico
Personal necesario
Dadas las características del modelo de negocio, un centro STUDIO 11 está diseñado para que sea llevada por las siguientes categorías de personal:
PUESTOS | Nº personas |
Franquiciado | 1 |
Recepcionista | 2 |
Limpieza | 1 |
Profesores | Los necesarios para atender la demanda de alumnos |
El franquiciado tendrá libertad para contratar los empleados que requiera, si considera necesario reforzar la plantilla con personal de apoyo en momentos puntuales.
2.2.1. Funciones y Obligaciones #
2.2.1.1. Franquiciado #
Obligaciones principales como gestor de su negocio
De forma concreta, las obligaciones que todo franquiciado asume como responsable último de la gestión de su negocio son:
- Control de todas las actuaciones donde se pueda ver afectada la marca STUDIO 11. Dicho control implica también la responsabilidad de las acciones que realice el personal a su cargo.
- Guardar la confidencialidad de todos los documentos e información técnica recibida de la Central de Franquicia y especialmente de todos los Manuales entregados en depósito por el franquiciador, como elementos de apoyo, mientras la relación permanezca en vigor.
- Cumplir con la legalidad vigente, tanto estatal como autonómica y local.
- Realizar, puntualmente, los pagos a los que está obligado como propietario del negocio a todos aquellos con quienes entable relación comercial, especialmente al franquiciador.
- Mantener un ambiente laboral adecuado que permita a su personal el desempeño de sus funciones de la mejor forma posible.
- Mantener una adecuada calidad de servicio al cliente, siguiendo y haciendo seguir, en este sentido, las indicaciones contenidas en el Manual de Calidad y Atención al Cliente.
- Control procedimental y cumplimiento de las indicaciones de la Central en relación con las exigencias del Sistema STUDIO 11.
- Ejercer la gestión y el control último sobre todos los aspectos del negocio exigibles como propietario del mismo:
→ Relaciones laborales
→ Control administrativo y económico - Velar por la calidad integral del negocio incluyendo, de forma destacada, el trato con clientes y la imagen que el centro y la marca proyecten al exterior.
- Mantenimiento de una comunicación fluida con la Central de Franquicia.
- Gestión integral del centro y control diario.
En cualquier caso, aunque exista delegación de todas o parte de estas funciones a otras personas (profesores o recepcionista), el franquiciado sigue manteniendo íntegramente y a todos los efectos, la responsabilidad de las obligaciones que asume mediante el contrato de franquicia, y, por lo tanto, será el único responsable frente al franquiciador de las actuaciones del personal a su cargo en el negocio.
Funciones principales
Las funciones expuestas a continuación serán, en parte, delegadas por el franquiciado a personas de su confianza. En cualquier caso, seguirá valiendo la premisa establecida en el párrafo anterior.
Con el paso del tiempo, es posible que el gerente no estará el 100% en el centro, por lo que parte de las funciones recaerán en personal de su confianza, fundamentalmente, en los profesores que se encargarán de las clases.
Gestión de personal
- Selección y contratación de profesores, recepcionista y personal de limpieza.
- Formación.
- Planificación de horarios y asignación de clases.
- Gestión de nóminas (pudiendo externalizarse).
- Control de vacaciones y libranzas.
- Control de la atención y trato al cliente que dispensan.
- Control de la imagen del personal.
- Motivar y animar a los profesores.
- Escuchar nuevas ideas y sugerencias.
- Atención al personal del centro: informar al personal de la información recibida de la Central de Franquicia y supervisar el aspecto del personal de del centro comprobando, a su vez, el cumplimiento del horario y de las tareas correspondientes.
Gestión de los artículos existentes en el centro (merchandising)
- Realizar los pedidos a la Central.
- Control de la recepción de los pedidos y que coincida lo pedido con el albarán.
- Control de los pedidos de material corporativo cuando se estén acabando las existencias.
- Control del stock de producto disponible.
- Comprobación de que las facturas que les lleguen correspondan a albaranes y que hay dinero en el banco para hacer efectivas las facturas.
Control de funcionamiento
- Control de la facturación, procurando el cumplimiento de objetivos y presupuesto.
- Control de precios: establecidos en base a los márgenes que es necesario obtener.
- Supervisión de los gastos.
- Control de costes.
- Responsable de la aplicación de promociones y/o descuentos.
- Conocimiento de todas las fechas importantes relacionadas con fiestas de la zona.
- Control de la música (volumen, tipo), y ambientación (olor a través de un purificador de aire en la entrada, luz y temperatura).
- Conocer el funcionamiento del Sistema Informático de Gestión.
- Responsable de la gestión de tesorería (control del cobro, del cierre de caja e ingresos al banco).
- Realización y supervisión de inventarios.
- Informes a la Central de Franquicia.
Relaciones con clientes
- Relaciones públicas y atención al cliente.
- Gestión de la base de datos de clientes y envío a la Central.
- Resolución de quejas o cualquier problema o incidencia que pudiera producirse en el centro.
- Tener un conocimiento absoluto de todos los servicios, clases y promociones, para asesorar lo mejor posible al cliente, según su disponibilidad y su nivel.
Mantenimiento del local
- Control del estado del centro: además de la revisión del centro que se realiza a primera hora en el horario de apertura, es función del responsable transmitir al personal la necesidad de cuidar atentamente todos estos aspectos.
→ Mantener en todo momento limpio y ordenado el centro. La limpieza en la escuela es un aspecto fundamental a cuidar. Aunque la limpieza general se realice al final del día, cada profesor recogerá su clase.
→ Comprobar que los elementos y materiales de trabajo están en buen estado.
→ Supervisar que la ambientación del centro, también a nivel aromático (purificador del aire), se ajusta a las indicaciones marcadas por la Central de Franquicia y, sobre todo, a lo que requiere el centro en cada momento. - Control de llaves y cierre del local.
- Responsable del orden, la limpieza del centro, y en concreto:
→ Especial atención al suelo y baños, en general.
→ Material de uso para realizar las clases.
→ No debe faltar material de limpieza.
→ Control de la limpieza y orden de todas las zonas. - Responsable de la seguridad e higiene en el trabajo.
- Funcionamiento de las instalaciones: servicios, luces, ordenador, alarmas,…
- Responsable de la reparación y reposición de cualquier elemento del local.
- Responsable de la imagen que la unidad proyecte al exterior.
2.2.2. Perfil del personal #
El personal de un centro STUDIO 11 es una pieza clave para garantizar el adecuado inicio y progresión del negocio.
Habrá que poner un especial cuidado a la hora de seleccionar el personal en su perfil humano y profesional, dado que será la imagen que el cliente tendrá del negocio y, en general, de la marca.
Comentamos, a continuación, el perfil adecuado que servirán para cualquier profesor de un centro STUDIO 11.
2.2.3. Profesor: perfil y obligaciones #
👀 Guía del profesor
2.2.3.1. Responsabilidades y tareas #
👀 Guía del profesor
2.2.3.2. Perfil del profesor #
Un perfil adecuado de profesor para los centros STUDIO 11 deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Hombre o mujer (indiferente, aunque por el sector, proliferan más los hombres).
- Edad indiferente, igualmente, aunque igualmente, tiende a ser gente más joven.
- Formación relacionada con el baile.
- Buena presencia: aspecto adecuado para atención al público.
- Buen perfil técnico.
- Perfil muy comercial.
- Comprometido con la imagen de Studio11
- Ética y responsabilidad
2.2.3.3. Protocolo general de recepción y administración #
Tareas diarias
- Atender peticiones de información según el protocolo de venta.
- Dar de alta a los nuevos clientes.
- Atender a los clientes actuales.
- Hacer la caja al llegar al puesto de trabajo y a la salida.
- Comprobar movimientos del banco:
→ Si hay devoluciones de clientes, darles de baja y llamarles.
→ Si hay algún pago domiciliado, pedir o buscar la factura de dicho pago. Cerrar la caja y cuadrarla. - Anotar cualquier notificación de los clientes.
- Felicitar los cumpleaños.
Tareas semanales
- Rellenar STOCKS (Aseos, vestuarios, merchandising,..)
Tareas mensuales
- Día 25, realizar la remesa y enviarla al banco.
- Comprobar pago a los trabajadores.
- Enviar cuadrante de clases al equipo.
- Dar de baja a los alumnos que lo soliciten.
- Reclamar pago a los morosos.
- Hacer pedido de productos.
Semestralmente
- Evolución de ingresos y gastos
- Revisión de mejoras a niveles económicos y técnicos
Anualmente
- Balance anual, gráfica con altas y bajas por mes.
- Completar Excel detallado con gastos de empresa anuales.
- Datos de todo el material vendido
- Consultar con la central las fechas de formación para el equipo. Formación interna.
- Establecer el calendario de los cursos.
- Establecer el calendario laboral.
- Reservar el recinto para el festival.
2.2.4. Selección del personal #
Objetivo
En este apartado se establecen los procedimientos a seguir a la hora de seleccionar personal para trabajar en una unidad STUDIO 11 y conseguir:
- Limitar al máximo el margen de error mediante la aplicación de un procedimiento adecuado.
- Incorporar candidatos válidos que contribuyan a la mejora continua del potencial humano existente en la empresa.
Antes de la selección hay que verificar si:
- El puesto tiene una ocupación permanente o de carácter temporal.
- Si se puede o no cubrir con algún empleado actual.
Las necesidades del personal, el puesto a cubrir y sus características son evaluadas y determinadas por el franquiciado.
El perfil necesario y la formación mínima exigida están definidos en el apartado anterior, de tal forma que, cuando sea necesario cubrir un nuevo puesto de trabajo se hará con personas que cumplan los requisitos establecidos.
La selección del personal inicial es recomendable que se inicie con un mes de anterioridad a la apertura de la unidad al público.
Implicación de la Central de Franquicia
El franquiciador, a fin de evitar riesgos de fracaso del negocio, podrá aconsejar al franquiciado o rechazar al personal seleccionado si durante el proceso de formación inicial o en el apoyo en la apertura, observara conductas o características no apropiadas para las tareas a realizar.
👀 Contrato de Franquicia
Selección de personal
En relación con la selección del personal, el perfil de los profesores es seleccionado por la directora del centro bajo unas pautas concretas. Habitualmente, antes de una entrevista del profesor, se revisan sus vídeos (tanto en Instagram como en YouTube y RRSS en general) y de esta manera se hace una idea de cómo baila.
Algunos aspectos que se valoran sobre los profesores son:
- Su personalidad
- La forma de comunicarse
- Cómo baila (esto se chequea a través de vídeos en RRSS)
Para la captación de profesores nuevos, se suele tirar mucho de los profesores sustitutos, así como de contactos personales y profesionales de los profesores actuales.
En relación a la relación con los profesores, sólo se permiten dos desencuentros con los mismos, al tercer desencuentro se rescinde la relación con el profesor salvo en casos puntuales.
Las pautas establecidas en el manual de profesor son muy claras y tienen un pequeñísimo margen de aplicación puntos.
2.2.5. Contratación y Gestión del personal #
El franquiciado, al ser un empresario independiente, asume la responsabilidad plena de cuantas obligaciones se deriven de las relaciones laborales de su actividad, en cuanto al cumplimiento de la normativa laboral y Seguridad Social. En caso de contar con asesoramiento externo, el franquiciado será el responsable de seguir las pautas que le marque su asesoría laboral en este sentido. Esta deberá tramitar toda la documentación dentro de los plazos impuestos por la normativa vigente.
Tal y como se reflejó anteriormente, dada la complejidad del tema, se recomienda el asesoramiento de profesionales en dicha materia. El franquiciado de cada unidad STUDIO 11 deberá recoger de los empleados el Compromiso de Confidencialidad que explicamos a continuación.
Compromiso de Confidencialidad
La obligación de guardar la confidencialidad del Sistema STUDIO 11 no lo es sólo del franquiciado, sino también del personal que este contrate.
En este sentido, el franquiciado deberá recoger de todo el personal que contrate el modelo de Compromiso de Confidencialidad, cuya finalidad es evitar, en lo posible, la salida de información confidencial del negocio.
Modelo de Compromiso de Confidencialidad
D. / Dña. ________________________, con D.N.I. nº ______________, como empleado de la empresa __________, se compromete mediante este documento a no divulgar, ya sea de forma total o parcial, la información obtenida o aquella a la que tenga acceso mediante el desempeño de sus funciones en la unidad franquiciada STUDIO 11, tanto durante el periodo en que esté en vigor su contrato laboral, como después de su vencimiento.
El presente compromiso de reserva lo adquiero de forma libre y voluntaria, conociendo en detalle las consecuencias que podría tener el incumplimiento del mismo en caso de seguir en la empresa, como causa de despido procedente, independientemente de las posibles responsabilidades civiles que pudiera originar el incumplimiento.
Y en prueba de ello lo firmo en _______ a ____ de _______ de ______
Don/Dña._________________________
Fdo._______________________
Asimismo, una vez finalizada la relación laboral, se enviará una carta recordando el compromiso de confidencialidad adquirido.
Recordatorio del compromiso de confidencialidad
Lugar y fecha
Estimado/a Sr./Sra. :
Habiendo finalizado la relación laboral que le unía con esta empresa, sirva la presente para recordarle la plena vigencia a pesar del vencimiento de su contrato del Compromiso de Confidencialidad suscrito por usted, como usuario/a del Sistema STUDIO 11, por el cual se obliga a no divulgar, revelar, ni utilizar, cualesquiera datos, información, especificaciones técnicas, secretos, métodos, sistemas y en general todo mecanismo al cual haya tenido acceso en virtud de su relación laboral con esta empresa, relacionado con los productos, servicios, manuales, marcas, clientes y software del referido sistema.
Seguros de que no faltará a su compromiso, aprovechamos la ocasión para saludarle atentamente.
Fdo._______________________
Archivo de documentación
Se recomienda que toda la documentación relacionada con los asuntos del personal sea archivada y controlada por el franquiciado.
Los archivos deberán contener:
- Contratos del personal y sus sucesivas renovaciones (si las hubiera).
- Nóminas firmadas.
- Altas, bajas y Seguros Sociales.
- Compromisos de confidencialidad.
- Prevención de riesgos laborales.
Bajas de profesores
En relación con los profesores y sus bajas, al empezar su actividad en el centro se les entrega una guía con las principales pautas relacionadas con el centro.
Lo más importante en relación con los profesores es la responsabilidad. Una clase no puede dejar de darse bajo ningún concepto. Esto es algo que deben tener claro todos los profesores.
- Baja puntual
Por lo tanto, cuando un profesor no puede asistir a una clase, por el motivo que sea, tiene que avisar y buscar, él mismo, el sustituto.
En el caso de que no se encuentra un sustituto se comunica a los alumnos y se pide ayuda al grupo de WhatsApp de profesores.
Si esta ayuda también falla se activa un plan C que es buscar entre la base de datos de profesores y/o candidatos que en un momento determinado han enviado un currículum a la escuela.
Este sustituto ya debe tener instrucciones concretas de lo que debe hacer en esa clase, en muchas ocasiones es un compañero del profesor, incluso una persona que anteriormente ha realizado sustituciones.
Cuando hay una sustitución de un profesor la directora del centro le llama para explicarle todo o chequear el conocimiento que tiene de la clase, el tipo de baile, los alumnos, la dirección (a veces se equivocan y van a otra escuela), etcétera.
El pago a estas sustituciones se hace al terminar la clase en efectivo. Estas personas no formalizan un contrato.
- Baja permanente
En el caso de que se le dé una baja permanente puede ser debido a diferentes circunstancias.
Si es él mismo el que se da de baja, se le pide que lo haga con antelación para no dejar tirado al grupo y que busque un sustituto por su cuenta o conjuntamente con el centro.
Hay que tener presente que hay determinadas tipologías de bailes donde es más complicado encontrar sustitutos, como por ejemplo el Afrobeat.
2.2.6. Gestión del equipo #
El objetivo de una unidad STUDIO11 debe ser el de alcanzar una adecuada rentabilidad mediante el cumplimiento de una serie de pautas de comportamiento y el mantenimiento de los criterios de calidad propios del Sistema.
En la obtención de dicho objetivo interviene de forma decisiva la integración del personal que en su caso pudiese contratar el franquiciado, su identificación con los objetivos y la implementación de una adecuada política de incentivos.
Será responsabilidad del franquiciado, la puesta en práctica de aquellas medidas tendentes a lograr la citada integración y motivación del personal que pudiera tener a su cargo.
2.2.6.1. Pautas para dirigir al equipo de trabajo #
En orden a crear un buen equipo, es necesario que el franquiciado observe cuales son las potencialidades de su personal y ayude a desarrollarlas, aclarándoles sus funciones y responsabilidades y cuál es la política de atención al cliente de STUDIO 11.
👀 04. Manual de Calidad y Atención al Cliente
La relación de los profesores con la dirección del centro
El trato con los profesores es muy diferente al de otras escuelas de baile tienen que informar puntualmente de todo lo que pasa en la clase esto es clave en el sistema de estudio 11 se les traslada la idea desde el principio de que son un equipo.
La comunicación con los profesores es accesible pero siempre dejando claro que la directora tiene la última palabra y es la jefa.
La comunicación es presencial cuando acuden a la escuela, pero sobre todo por WhatsApp cuando no existe contacto presencial.
La conexión de los profesores con la directora del centro es fundamental para tener un conocimiento muy detallado de lo que pasa en las clases. Cuando hay algún suceso que tenga una mínima relevancia es importante compartirlo para tener el pulso de esa clase.
En el momento en que se inician las clases a los profesores se les informa en este sentido y se les dice lo que se espera de ellos para que la comunicación fluya adecuadamente.
Todos estos aspectos relevante es conveniente anotarlos en la base de datos para tener un control histórico de sucesos incidencias y no depender de la memoria en este sentido.
2.2.6.2. Comunicación e Información: reuniones periódicas #
Para una empresa, por pequeña que sea, la información es muy importante a la hora de tomar cualquier decisión y desarrollar adecuadamente el trabajo encomendado.
Dado que se trata de un modelo de autoempleo, el franquiciado deberá implicarse, ir todos los días; el personal que está todos los días en contacto con los clientes conoce perfectamente cuales son los problemas para dar un buen servicio, a través de sugerencias realizadas por estos y/o mediante su análisis propio.
Por ello, es conveniente que el franquiciado mantenga reuniones con sus empleados, para poner en común y comentar aquellos aspectos claves del negocio que afectan directamente a su funcionamiento, mejorar la comunicación entre el personal, tanto ascendente como descendente, desarrollar una gestión óptima del centro y verificar el cumplimiento de los procedimientos establecidos.
- Reunión Profesor – Franquiciado
Como, por regla general, aunque el franquiciado no delegara la gestión en una persona ajena, se recomienda que profesores y franquiciados se comuniquen sobre los resultados obtenidos en el mes anterior, con el fin de comentar las medidas adoptadas en la actualidad y las posibles correcciones y mejoras.
- Reunión Franquiciado – Central
En relación con esto, los viernes se hacen reuniones de puesta al día entre las directoras de los centros y la dirección.
2.3. Productos y suministros #
2.3.1. Condiciones generales #
A fin de proteger la uniformidad y calidad del Sistema STUDIO 11, el franquiciado sólo podrá comercializar e impartir en el centro objeto del negocio, los servicios y, en su caso, los productos propios del Sistema que serán suministrados en exclusiva desde la Central de Franquicia.
Oferta de servicios autorizados
Los servicios autorizados en un centro STUDIO 11 son los siguientes:
1. Cursos regulares de baile y salud
Son cursos de formación no reglada orientados a la enseñanza del baile y la salud, que se realizarán durante un periodo regular de tiempo. Habitualmente de septiembre/octubre hasta junio coincidiendo con el periodo escolar.
En la escuela actualmente contamos con las siguientes verticales, cada una de ellas orientadas a un nicho específico y un tarjet o público objetivo diferente:
- Danzas Urbanas
- Niños de 4 a 12 años.
- Ballet y Danza Contemporánea.
- Fitness (fitdance, barré, stretching…)
- Salud (Yoga, Pilates, meditación, taichi…)
- Latinos y Bailes de Salón (bailes en pareja)
2. Programas de formación
Son todas aquellas formaciones especializadas del sector del baile y lasalud:
- Programas de formación en danza amateur
- Programas de formación en danza profesional
- Workshops y Masterclasses
- Formación profesional en danza
- Grupos de competición en danzas urbanas
- Intensivos de verano
- Formación para Drag Queens
- Teatro Musical
3. Eventos
Son todos aquellos servicios relacionados con el baile y la danza tanto para clientes particulares como para empresas:
- Coreografías para bodas
- Organización de eventos
- Clases particulares
- Celebración de Fiestas, Despedidas y Cumpleaños
- Castings, audiciones, modelos y bailarines
- Proyectos para empresas
- Actividades extraescolares en colegios
- Campamentos de verano
4. Alquiler de Salas
Disponemos de salas preparadas para todo tipo de eventos, tanto para usos particulares como corporativos; rodajes, filmación, videoclips, eventos privados, talleres, formaciones, etc.
5. Campamentos de Verano
Actualmente realizamos campamentos de verano por toda España y en Londres orientados a una temática de baile.
6. Venta de productos Amazon FBA
Disponemos de marca propia registrada en Amazon FBA a nivel paneuropeo bajo el nombre de «El Armario Secreto». Actualmente en desarrollo.
7. Agencia de Bailarines
Contamos con nuestra propia agencia de bailarines para la realización de todo tipo de trabajos profesionales para empresas y particulares.
Oferta de productos autorizados
La oferta de productos autorizados (clases de baile) a la venta en un centro STUDIO 11 y de los proveedores autorizados, de dichos productos, así como de los servicios subcontratados, será la siguiente:
URBANOS | DANZA | NIÑOS | SALUD | FITNESS |
X-PACE | Ballet | Ballet | Yoga | Fit Dance |
Comercial | Danza Contemporánea | Urbanas | Pilates | Zumba |
Afrobeat | ||||
FALTA LA COLUMNA DE LATINOS | ||||
El stock mínimo de seguridad será, en todo momento, de, al menos una unidad de cada producto autorizado, con un mínimo de 400 € en su conjunto.
El suministro, facturación y cobro se efectuará desde la Central de Franquicia.
El suministro inicial se realizará con anterioridad a la apertura de la unidad franquiciada.
El transporte correrá por cuenta de la Central de Franquicia a partir de 400 euros. CONCRETAR.
El pago de los productos se realizará al contado.
2.3.2. Pedidos de reposición #
El franquiciado será el encargado de pedir al proveedor los productos que necesite en cada momento.
En este sentido, franquiciado se encargará de revisar que los pedidos realizados llegan correctamente.
El centro debe estar siempre surtido de merchandising y productos necesarios para desarrollar la actividad correctamente, y siempre al nivel de calidad exigido por la Central de Franquicia. La reposición del merchandising se hará mediante pedido a la central.
2.3.2.1. Recepción y colocación de la mercancía #
Lo primero que hay que hacer es comprobar que el pedido coincida con el albarán y con lo recibido.
- Desempaquetar la mercancía.
- Realizar checking con detalle, comprobando el número y estado de la mercancía.
- Colocar la mercancía en los distintos puntos del centro donde deba colocarse el producto.
2.3.3. Material necesario para la puesta en marcha del negocio #
El material necesario para empezar a operar será el siguiente:
- Carteles informativa servicios del centro.
- Imágenes y fotografías corporativas.
- Ropa corporativa diseñada por STUDIO 11. Para su venta.
- Equipo de sonido e iluminación para todas las salas.
- Equipos de climatización para todas las salas.
- Extractor de aire para las salas.
- Equipo de soportes de grabación.
- Equipamiento para los cursos de fitness y salud.
- Equipamiento para los cursos de ballet.
- Mobiliario para la sala de espera y las fiestas de cumpleaños.
- Equipos informáticos, con impresora de tickets.
- Caja registradora o caja de caudales
- Jabón: será de una marca y olor en concreto y lo indicará la central de franquicia.
- Aroma: indicado también por la central de franquicia y que es característicos de los centros STUDIO 11.
- Agua y otras bebidas de las marcas establecidas por la central.
- Ambientadores para los aseos de las marcas establecidas por la central.
- OTROS??
2.3.4. Adquisición a potenciales proveedores #
A fin de proteger la uniformidad y calidad del Sistema STUDIO 11, el franquiciado sólo podrá adquirir de forma continua y exclusiva los productos que sean conformes a las características y criterios de calidad determinados por el franquiciador y con la marca.
Por lo tanto, si un franquiciado recibe visitas de potenciales proveedores, deberá comunicar que las compras están centralizadas.
Tal y como se establece en el contrato de franquicia y en el Manual Operativo del Sistema, la adquisición de productos no autorizados por el franquiciador se considerará como falta grave.
2.4. La identidad #
La identidad se especifica mediante el nombre, término, símbolo, signo, diseño o la combinación de todos ellos, formando el rótulo, cuyo objetivo es identificar los servicios de STUDIO 11, mediante una imagen única. Manteniendo su esencia divertida, la imagen del centro es cuidada, clara y alejada del tradicional centro de baile.
El rótulo es, sin duda, un elemento identificativo y diferenciador. Los elementos que forman el rótulo deben estar en perfecta consonancia con la imagen corporativa del negocio. En este caso, son las letras en grande de STUDIO 11 con la fresa en la O y la “sonrisa” en amarillo debajo de las letras. Los colores y el diseño por sí mismos transmiten buen gusto.
Habría que estudiar cada local en particular, pero siempre será necesario que el rótulo se sitúe en una zona perfectamente visible a los ojos de los viandantes. También es importante que se distinga desde lejos.
2.4.1. La fachada #
En el caso de STUDIO 11 y a pesar de ser un centro de tamaño relativamente pequeño, sería conveniente una fachada amplia y acristalada para que se pueda ver el interior. En STUDIO 11 es muy importante que pueda verse el interior, pero manteniendo la intimidad de los clientes. La transparencia es fundamental. De hecho, en este caso, el acristalamiento es un vehículo fundamental de comunicación y un apelativo para el público.
El diseño y el contenido de la fachada deben ir en sintonía con el concepto de negocio. En el caso de STUDIO 11, su carácter, eminentemente informativo y persuasivo, actúa como un elemento de atracción.
Podríamos citar como funciones más importantes del exterior del local: llamar la atención, producir sensaciones impactantes, transmitir la imagen propia de STUDIO 11, atraer a los clientes, aumentar la demanda, aumentar la fidelidad, diferenciarse y destacarse de la competencia, aumentar los beneficios, etc.
En determinados momentos, la cristalera exterior puede utilizarse como mecanismo para promocionar determinados servicios o bonos que lance la marca. Aunque generalmente las clases que se quiera promocionar, se suele colocar cartelería en la recepción o en la fachada a modo de PLV (Publicidad en el Lugar de Venta).
En definitiva, el exterior constituye un reflejo de la atmósfera que podrá encontrar el cliente en el interior, y debe ser la “promesa” del centro STUDIO 11.
2.4.2. La entrada #
La entrada de un centro STUDIO 11, se adapta perfectamente a la imagen de marca. Aunque existe una barrera de entrada, es fundamental que se diseñe apropiadamente para potenciar la facilidad de acceso al local, de modo que la entrada invite a entrar.
2.4.3. Mostrador de atención al público #
El mostrador de venta debe estar en todo momento adecuadamente ordenado y libre de papeles. Evitaremos siempre que en el mostrador queden acumulados elementos de cualquier tipo. Dos bandejas de caramelos y ositos de goma.
2.5. Operativa diaria de apertura y cierre #
2.5.1. Operativa diaria #
El personal de los centros STUDIO 11 deberá seguir diariamente, el procedimiento marcado por la Central de Franquicia en lo que se refiere a la apertura y cierre del local.
De la misma manera, disponemos de una Normativa de Funcionamiento que podrás encontrar en el Anexo III.
2.5.1.1. Horarios y calendario #
Como norma general, el centro deberá abrir de lunes a sábados.
Todas las escuelas tienen el mismo horario.
Sugerimos que se sigan las costumbres comerciales de la zona y, sobre todo, que el horario esté pensado en función de las necesidades del cliente tipo de la zona donde esté ubicada el centro. El horario habitual del centro estará en función de las clases que estarán repartidas de la siguiente forma:
(INSERTAR TABLA CON LA AGENDA)
En cualquier caso, el horario de cada centro se regirá por la normativa de la ciudad en la que se encuentre. En fechas especiales podrán establecerse otros horarios.
En el Anexo IV encontramos el Calendario oficial Anual